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Ponentes: Fernando Polo Garrido y Horacio Molina Sánchez
Resumen: El documento tiene como objetivo desarrollar los criterios para distinguir los fondos propios de los pasivos en las cooperativas a partir de la normativa contable española. Las cuestiones fundamentales a las que da respuesta son la clasificación del capital, la contabilización de la retribución del capital considerando la clasificación que haya recibido, así como el régimen de repartibilidad de las reservas y su incidencia en el registro contable. Para ello el documento comienza con una presentación sucinta de las especialidades del régimen cooperativo sobre las cuales se pondrán de manifiesto las principales cuestiones que requieren de una interpretación basada en el Marco Conceptual. A continuación, en el capítulo segundo, se abordan las especialidades que presenta el capital social en las sociedades cooperativas, siendo la particularidad del principio de puerta abierta, la consiguiente variabilidad del capital y el tipo de retribución los aspectos que van a determinar en mayor medida el contenido más novedoso de las propuestas. El tercer capítulo se destina a analizar el registro contable de las retribuciones del capital, el cual vendrá determinado por la clasifi cación conferida al mismo en el capítulo anterior (pasivo financiero, instrumento de patrimonio e instrumento compuesto), y al reparto del excedente. El cuarto capítulo se dedica al análisis de los fondos específi cos que prevé la regulación cooperativa y la incidencia que el carácter repartible o no de las mismas tiene sobre su clasificación. Con el quinto capítulo presentamos las fórmulas de fi nanciación cuya clasifi cación pudiese generar dudas, dado el carácter que les reserva el derecho sustantivo sobre cooperativas. El documento finaliza con la presentación en las cuentas anuales de las partidas constitutivas de los fondos propios.
Este documento no aborda el resto de partidas que integran el patrimonio neto por cuanto no presentan ninguna particularidad especial en las sociedades cooperativas frente a las no cooperativas.
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